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Un abuelo deberá borrar todas las fotos con su nieto que publicó en redes


Una mujer pidió a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que el abuelo de su hijo borre todas las fotos en Facebook con su nieto, tras la muerte de su padre.

El motivo del reclamo por parte de la madre es que “el padre del menor murió y ostenta la exclusiva patria potestad”.

En un principio, el organismo no había avanzado con el pedido de la mujer considerando que se trataba de un conflicto por los derechos del menor. Luego, cuando la mujer explicó la situación con su padre, la AEPD decidió no pasar por alto el reclamo y le comunicó al hombre que deberá borrar todas las fotos que haya subido a la red social junto a su nieto.

Ante esto, el abuelo argumentó que la madre “no tiene capacidad para revocar el consentimiento otorgado por mi hijo que sigue siendo válido aún a pesar de su fallecimiento”. Con esto se refirió a que su hijo había permitido en el pasado que el hombre publique varias fotos con su nieto en las redes sociales.

Además, declaró ante la AEPD que su nuera nunca le había pedido que borrara las imágenes de las redes sociales y que mostró su consentimiento durante todos estos años hasta el presente reclamo. Sin embargo, ante estos argumentos, la AEPD estuvo de acuerdo con la madre en que hubo una falta de consentimiento expreso.

Lo cierto en esta problemática es que la legislación española establece que los menores de 14 años, en este caso el nieto e hijo de la demandante, no pueden dar consentimiento para aparecer en fotos publicadas en redes sociales, sino que lo deben hacer sus padres o tutores legales.

Finalmente, el abuelo del pequeño tendrá un mes para poder interponer un recurso contra la decisión que tomó la organización.


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