La Justicia de La Pampa rechazó un nuevo planteo de Abigail Páez, una de las dos condenadas por el crimen de Lucio Dupuy, para acceder a salidas anticipadas de la cárcel. La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal confirmó el fallo del juez de Ejecución Penal Edgardo Javier Trombicki, que había desestimado la presentación. La resolución se dictó el 26 de octubre y se conoció en las últimas horas.
El planteo lo llevó la abogada María Silvina Blanco Gómez, que pidió revisar el cálculo de la pena para establecer en qué momento su clienta podría solicitar la libertad condicional. Sostuvo que impedirle el acceso a salidas anticipadas vulneraba sus derechos y le cerraba cualquier posibilidad de reinserción social, y reclamó que se fijara una fecha concreta para volver a discutir el beneficio.
Los jueces María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi rechazaron el argumento: entendieron que, por los delitos por los que fue condenada, Páez no puede acceder al beneficio de la libertad condicional. Con esa decisión, el tribunal confirmó el rechazo de primera instancia y dejó firme el criterio que ya se había aplicado en pedidos anteriores de la misma defensa.

Lucio Dupuy tenía 5 años cuando fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa. Por el crimen fueron condenadas su madre, Magdalena Espósito Valenti, y Páez, su pareja. El caso conmovió al país y derivó en una discusión política sobre la protección de la infancia y el funcionamiento de los organismos que tenían a cargo el seguimiento del nene.
El 2 de febrero de 2023, el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa declaró culpables a ambas. La madre fue condenada por homicidio triplemente agravado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; Páez, por homicidio doblemente agravado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal. El 17 de febrero de ese año las dos recibieron la pena de prisión perpetua; en el juicio, Espósito Valenti había sido absuelta del delito de abuso sexual.
En septiembre de 2023, el Tribunal de Impugnación Penal modificó la sentencia de Espósito Valenti e incorporó el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, al considerar que la madre también había participado de los abusos contra el nene. Con el fallo conocido ahora, Páez seguirá sin ninguna posibilidad de salida anticipada: la defensa ya anticipó que insistirá por la vía que le queda abierta.




















