La medida se publicó este lunes en el Boletín Oficial y regirá, en principio, hasta el 30 de julio. Se deberá liquidar el 95% de lo declarado en 15 días hábiles.
Finalmente, este lunes el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la medida que establece la baja de retenciones al campo y que estará en vigencia hasta el 30 de julio.
Si bien el decreto 38/25 empieza a correr desde hoy, no todos podrán acceder ya que se establece que aquellos que se adhieran al régimen deben hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y liquidar como mínimo el 95% de lo declarado en 15 días hábiles. En caso de no hacerlo no se aplicara la rebaja.
Los nuevo porcentuales son los siguientes: la soja paso de 33% a 26% y sus derivados de 31% a 24,5%. El trigo de 12% a 9,5%; la cebada, de 12% a 9,5%; el sorgo, 12% a 9,5%; el maíz, de 12% a 9,5% y el girasol pasó a 5,5 puntos.
A su vez, hay productos de las economías regionales que pasan a cero: el azúcar, el algodón, el cuero bovino, el tabaco, los derivados de la forestoindustria y el arroz, entre otros.
En el texto publicado, el Gobierno destaca que “uno de los objetivos de la gestión es potenciar la inserción internacional de la Argentina, acompañada de un incremento de las exportaciones agroindustriales que hoy representan más del 60% del total exportado por el país y que en el año 2024 han mostrado una performance positiva con un crecimiento en valor superior al 25% respecto del año anterior”.
Y agrega: “El país se encuentra transitando efectos climáticos adversos, afectando el rendimiento de los cultivos agrícolas, que causan pérdidas en la producción agropecuaria”, al tiempo que menciona la baja de los precios internacionales, la cual “requiere de la instrumentación de políticas que permitan no solo su recuperación a corto plazo sino la mejora de su perspectiva de exportación”.